Factura electrónica en auge: descubre cómo la Ley CREA y CRECE la impulsa

Beatriz Cazorla Dorado,
Dirección de Marketing y Desarrollo de Negocio de Negocio de Normadat SA

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Que la factura electrónica es el presente y no el futuro no debería sorprender hoy en día a nadie. Las ventajas del método electrónico frente al tradicional son abundantes. Permite un mayor control del flujo de caja, ahorra tiempos y esfuerzos de gestión, evita errores humanos y es un método más efectivo para presentar impuestos y evitar la morosidad. 

Todas estas ventajas son bien sabidas en nuestro país que lleva unos años apostando por la facturación electrónica obligatoria y que ahora amplía horizontes y empujará a empresas y autónomos a emitir sus facturas de forma electrónica.

Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley CREA y CRECE, surge como apoyo para la creación y consolidación de empresas ya que busca eliminar los obstáculos que restringen el nacimiento y desarrollo de estas.

Se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, concretamente en el Componente 13 de este Plan, que tiene por título «Impulso a la pyme» y pretende dar un apoyo a la creación de empresas, empujar su crecimiento a través de la mejora regulatoria, la eliminación de obstáculos a las actividades económicas, la reducción de la morosidad comercial y el apoyo financiero al crecimiento empresarial.

El Proyecto tiene por objeto mejorar el clima de negocios, por un lado, impulsando el emprendimiento y, por otro, fomentando el aumento del tamaño empresarial, así como el despliegue de redes de colaboración e interacción.

Parte de la premisa de que las empresas en general y la PYME en particular encuentran obstáculos para crecer que podrían ser minimizados. Las barreras regulatorias y administrativas, los fallos en el mercado único o la existencia de malas prácticas en el pago a proveedores que para las pequeñas y medianas empresas pueden ser determinantes al influir directamente sobre la presión en su liquidez y sobre su capacidad para hacer crecer su negocio.

Como vemos el objeto de la ley que es el impulso de la creación de empresas y el fomento de su crecimiento. Pero ¿cómo pretenden lograrlo?

Se enumeran algunas medidas encaminadas a reducir costes para la creación de empresas. Por ejemplo, la medida de poder constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de tan solo un euro o la eliminación de la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo. 

También se impulsa la utilización del antiguo sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE), como ventanilla única que viene gestionando y desarrollando, desde el año 2003, la Dirección General de Industria y de la PYME del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. 

Se hace hincapié que los notarios y los intermediarios que asesoren y participen en la creación de las sociedades de responsabilidad limitada informen a los interesados de las ventajas de emplear los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), para su constitución y la realización de otros trámites ligados al inicio de su actividad.

Otra medida es la introducción de un nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa (plataformas de crowdfunding).

Pero si algo destaca en la Ley es la promoción que se hace para impulsar el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales.

Para que las PYME puedan obtener acceso a ella se han propuesto programas de subvenciones que permitirán la adquisición e implantación masiva de soluciones de digitalización, en particular el Programa Digital Toolkit dotado con más de 3.000 millones de euros en subvenciones. 

Este programa permite a las empresas conocer su nivel de madurez digital gracias a un diagnóstico previo para identificar sus necesidades de digitalización, entre ellas la de adopción de la factura electrónica, obteniendo una subvención para emplear en la contratación en el mercado de productos o servicios de facturación electrónica y asegurar su implantación efectiva. 

El periodo de adaptación será de 12 meses para las grandes empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros. Las facturas electrónicas se deberán acompañar con un documento en formato PDF. Esta medida busca una transición más fluida hacia el nuevo sistema y proporciona un marco temporal de adaptación.

Las empresas de menor facturación tendrán el doble de tiempo y deberán estar preparadas para adoptar el sistema en los 24 meses posteriores a la entrada en vigor del RD de su reglamento. 

Lo más coherente es anticiparse a esta obligatoriedad e ir adaptándose, pero no siempre se sencillo. Todavía encontraremos proveedores que no están preparados para la emisión electrónica de facturas. Por ello la externalización de la gestión de facturas de proveedores nos puede ofrecer interesantes soluciones como la de unificar en un único punto de entrada todas las facturas, independientemente de su formato. Incluso si la factura aun llega en papel, los servicios de digitalización certificada de facturas nos ayudarán a conseguir una transición progresiva y fluida hacia la nueva normativa, que junto a software especializado en la gestión de cuentas por pagar asegurarán que el proceso de recepción y pago esté adecuadamente automatizado.

La factura electrónica es una medida para digitalizar las relaciones empresariales que pretende reducir costes de transacción y facilitar la transparencia en el tráfico mercantil al contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos incluyéndose como requisito de acceso a subvenciones o a través del establecimiento de una condición penalizable en el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público. A través de este cumplimiento de los plazos de pago como requisito de acceso a concursos y ayudas públicas se pretende incidir en la reducción de la morosidad. Sin embargo, habrá que ver si la regulación necesaria que ha de llegar en forma de reglamento es verdaderamente efectiva y si el funcionamiento del futuro Observatorio Estatal de la Morosidad Privada funciona. 

No obstante, parece claro el uso de la factura electrónica como una medida clave para atajar la morosidad en las operaciones comerciales. Pero ¿la factura electrónica no estaba impulsada ya por el Suministro Inmediato de Información (SII)? 

Pues en parte si, ya que el SII es un sistema de gestión del IVA que, al igual que la Ley Crea y Crece busca impulsar la transparencia fiscal y agilizar el proceso de las transacciones comerciales.
El SII está establecido en el RD Ley 596/2016 el cual vincula este mecanismo a grandes empresas con ingresos superiores a 6.010.121,04 €, grupos societarios a efectos de IVA y contribuyentes en el régimen de devolución mensual del impuesto (REDEME). Estas compañías ya no necesitan presentar modelos tradicionales de informes fiscales como el 340, 347 y 390. En cambio, los libros de registro del IVA son elaborados digitalmente en la plataforma de la AEAT a medida que se realizan las transacciones.

Como decimos, con el SII se persigue combatir la evasión fiscal y simplificar la gestión tributaria que, al eliminar la necesidad de presentar modelos fiscales tradicionales, hace más ligera la carga administrativa sobre las empresas. La Ley CREA y CRECE representa un subconjunto de la información que el SII reporta. Con ambos sistemas trabajando juntos la AEAT tendrá acceso a información más diversificada y con posibilidad de ser contrastada, facilitando la detección de irregularidades. 

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