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¡La factura electrónica en España será obligatoria dentro de poco tiempo!

Cecilia Olaso,
Responsable de Marketing de Yooz

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El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital junto con el Ministerio de Hacienda y Función Pública han hecho público el borrador del Proyecto de Real Decreto que explica la implementación de la factura electrónica entre empresas privadas (B2B). Dicho artículo se enmarca dentro de la conocida Ley Crea y Crece o ley 18/2022.

Objetivos principales de la Ley Crea y Crece 

La Ley Crea y Crece se ha diseñado con varios objetivos clave en mente, cada uno destinado a impulsar el desarrollo y el fortalecimiento del tejido empresarial. En primer lugar, busca agilizar la creación de empresas, haciendo que el proceso sea más accesible y rápido. Esto se logra reduciendo significativamente el coste económico asociado, permitiendo la creación de una Sociedad Limitada (S.L) con tan solo 1€ y simplificando los trámites necesarios para su constitución. Esta medida tiene como objetivo eliminar barreras que a menudo desaniman a emprendedores a iniciar sus propios negocios. 

Un segundo objetivo crucial de la ley es combatir la morosidad comercial. Para lograr esto, se promueve activamente el uso de la factura electrónica en las transacciones entre empresas y autónomos. Esto no solo agiliza el proceso de facturación, sino que también garantiza una mayor trazabilidad y control de los pagos, lo que a su vez fomenta un entorno empresarial más justo y equitativo. 

Otro aspecto destacado de la Ley Crea y Crece es su enfoque en favorecer el crecimiento de las empresas. Esto se logra mediante la mejora del marco regulatorio de las actividades económicas. La ley simplifica la legislación existente, eliminando regulaciones innecesarias y estableciendo procedimientos más ágiles. Esta simplificación reduce la carga burocrática que las empresas deben enfrentar, permitiéndoles centrarse en su crecimiento y desarrollo. 

Por último, la ley se esfuerza por brindar apoyo financiero al crecimiento empresarial. Esto se logra mejorando los instrumentos de financiación alternativos, como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo. Estas opciones financieras alternativas son esenciales para que las empresas puedan acceder a los recursos necesarios para expandirse y desarrollarse, y la ley se asegura de que estas vías de financiamiento sean más accesibles y efectivas. 

En resumen, la Ley Crea y Crece tiene como objetivo central impulsar la creación y el crecimiento de empresas al simplificar procesos, promover un entorno comercial más justo, mejorar la regulación económica y facilitar el acceso a financiamiento alternativo. Estas medidas están diseñadas para fortalecer el tejido empresarial y fomentar la innovación y el emprendimiento en la sociedad. 

La Factura electrónica será obligatoria para los intercambios B2B

La adopción de la factura electrónica se convertirá en un requisito obligatorio para todas las empresas y autónomos, sin importar su tamaño o sector. Esta medida forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo propósito radica en la digitalización integral del entramado empresarial español y la disminución de la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas. 

El enfoque adoptado para la factura electrónica en España capacitará a la Agencia Tributaria para acceder a información en tiempo real sobre la actividad comercial de las compañías. 

¿Qué formatos?, ¿qué plataformas?, ¿Cómo será el cambio hacia la factura electrónica? 

El sistema estará compuesto por plataformas privadas para el intercambio de facturas electrónicas, junto con una solución de carácter público gestionada por la AEAT, que también funcionará como depósito central. Las entidades a cargo de las plataformas privadas de facturación electrónica tendrán la responsabilidad de establecer conexiones con cualquier otro proveedor privado que forme parte del sistema nacional de facturación electrónica, siguiendo las normas de seguridad preestablecidas. 

Los formatos admitidos serán los siguientes, pero podrán sumarse otros: 

  • El mensaje XML del CEFACT/ONU para facturas, el cual será aplicable a diversas industrias según lo detallado en los esquemas XML 16B (SCRDM — CII).
  • Mensajes UBL para facturas y notas de crédito, definidos en la norma ISO/IEC 19845:2015.
  • Mensajes EDIFACT para facturación, en conformidad con la norma ISO 9735. 
  • Mensajes Facturae. 

Como parte de las directrices, todas las plataformas privadas deberán remitir una versión simplificada de las facturas que procesen a la plataforma pública, en el formato Facturae. 

¿Qué tiempo tenemos para transicionar hacia la factura electrónica? 

El calendario de implementación de la factura electrónica obligatoria en España establece las siguientes fechas límite: 

Empresas con una facturación anual que supere los 8 millones de euros: se les otorga un período de 12 meses a partir de la publicación del Real Decreto para implementar este sistema. 

Otras empresas: se les concede un plazo de 24 meses desde la fecha de publicación del Real Decreto para llevar a cabo la implementación. 

Durante los primeros 12 meses, las empresas sujetas a la obligación de facturar electrónicamente deben enviar las facturas en formato electrónico, acompañadas de un documento en formato PDF que asegure su legibilidad. Esto se hace para garantizar que las compañías y profesionales que aún no están sujetos a la obligación de recibir facturas electrónicas puedan leerlas sin dificultad. 

¿Debemos comunicar el estado de la factura electrónica?

¡Y aquí otra novedad! Deberemos comunicar el estado en el que se encuentra cada factura al ser quienes expidamos la factura. 

Los estados a comunicar serán los siguientes: 

  1. Aceptación o rechazo comercial de la factura y su fecha.  
  2. Pago efectivo completo de la factura y su fecha. 

Además, si las empresas quisieran, podrían comunicar estos otros estados adicionales: 

  1. Aceptación o rechazo comercial parcial de la factura y su fecha.  
  2. Pago parcial de la factura, importe pagado y su fecha.  
  3. Cesión de la factura a un tercero para su cobro o pago, con identificación del cesionario y su fecha de cesión. 

La comunicación de los estados de la factura deberá realizarse en un plazo máximo de 4 días naturales, excluyendo los días sábados, domingos y feriados nacionales, contados desde la fecha en que se genere cada estado correspondiente. 

La obligación de informar acerca de los estados de la factura afectará a las empresas con una facturación anual por debajo de los 6 millones de euros. Para este grupo, el período de 36 meses comenzará a transcurrir a partir de la divulgación del Real Decreto. En el caso de los profesionales con una facturación anual inferior a 6 millones de euros, deberán cumplir con esta obligación a los 48 meses desde la publicación del Real Decreto.  

¿Y cuáles serán los requisitos a cumplir para las plataformas de intercambio de facturas electrónicas? 

Las plataformas privadas de intercambio de facturas electrónicas que sean parte del sistema español de facturación electrónica deberán cumplir con los requisitos siguientes: 

  • Contar con la certificación ISO/IEC 27001 para su sistema de gestión de seguridad de la información. 
  • Utilizar protocolos de transmisión seguros que se ajusten a las especificaciones AS2 o AS4. 
  • Tener la capacidad de operar con firmas electrónicas avanzadas. 
  • Poseer la capacidad de intercambiar facturas electrónicas en todos los formatos definidos. 
  • Establecer un plan de continuidad de negocio adecuado al volumen y nivel de importancia del intercambio de facturas que gestionan. 
  • Garantizar la disponibilidad del servicio al 99% y mantener recursos de asistencia disponibles en todo momento. 
  • Velar por el cumplimiento de las normativas de gobernanza de datos y confidencialidad de la información. 
  • Contar con la capacidad y asegurar la interconexión e interoperabilidad con otras plataformas sin coste adicional. 

 

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Cecilia Olaso

YOOZ

Responsable de Marketing de Yooz

Responsable de marketing de Yooz España con 10 años de experiencia en empresas de diversos sectores de actividad, gestionando el departamento de marketing internacional.

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