Covid 19: Los problemas de morosidad generados solo se solucionarán si el Estado aprueba sus asignaturas pendientes en la materia

Gonzalo Quiroga Sardi,
Abogado, Presidente Comisión de Morosidad ASSET y Socio Director Quiroga & Asociados.

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Covid 19 - Los problemas de morosidad generados solo se solucionarán si el Estado aprueba sus asignaturas pendientes en la materia: Plan de Pago a Proveedores,  cambio del criterio para recaudar el I.V.A. y Reglamento Sancionador de la Ley de Morosidad

El Covid19, el Estado de Alarma, el confinamiento y la paralización de la actividad económica ha traído consigo un aumento desmesurado de los índices de morosidad en todos los ámbitos.

Así, no hay más que abrir la prensa a diario para ver cómo aumenta el índice de impagos de créditos al consumo, como sube el nivel de incumplimiento de pago en productos de financiación bancaria, como se alargan los plazos medios de pago entre empresas, como las Administraciones Públicas vuelven a tener niveles de retraso de pago con sus proveedores desorbitados, etc…

Todo ello, es decir, el incremento generalizado de los índices de morosidad y el alargamiento de los plazos de pago en operaciones comerciales supone, como sabemos ya por la experiencia en otras situaciones de crisis, uno de los principales problemas para las empresas y una de las principales causas de desaparición de las mismas. El hecho de que una empresa que haya conseguido, a pesar de la crisis, funcionar normalmente y mantener su nivel de actividad vea como a la hora de cobrar solo lo consigue tras períodos muy largos de tiempo o, directamente, no consigue que le paguen hace que esa empresa acabe en liquidación o concurso, acabe “muriendo de éxito” porque sigue trabajando a niveles normales pero no tiene dinero en caja porque no consigue cobrar.

Paradójicamente, en estos días complejos que corren, hemos visto como quienes más han aportado su grano de arena para evitar este problema en los pagos no han sido, como debieran, las Administraciones Públicas sino que han sido las grandes empresas de los diferentes sectores de actividad las que en un gesto de solidaridad y apoyo encomiable han hecho cuanto estaba en su mano para paliar el negativo efecto de la morosidad.

Así, hemos podido comprobar como entidades bancarias, grandes multinacionales y empresas privadas de considerable envergadura han sorprendido a todos con medidas como pagar de golpe a sus proveedores todas las cantidades que tenían atrasadas hasta la fecha, empezar a pagar a sus proveedores nada más recibir la factura emitida por estos y otras medidas similares que han dado un soplo de aire a las empresas y a su liquidez.

Hemos podido comprobar como entidades bancarias, grandes multinacionales y empresas privadas de considerable envergadura han sorprendido a todos con medidas como pagar de golpe a sus proveedores todas las cantidades que tenían atrasadas hasta la fecha

Entretanto, las Administraciones Públicas, que serían quienes tendrían que hacer todo lo posible para paliar el problema del retraso en los pagos han aumentado considerablemente sus plazos de pago a proveedores, agravando con ello el problema de las empresas y los índices de morosidad, pues al no pagar la Administración sus acreedores no pueden pagar, a su vez, a sus propios proveedores y todo ello hace engordar la cadena de retrasos en los pagos.

Considero que es imprescindible que las Administraciones Públicas reaccionen y hagan todo lo posible para paliar el problema de la morosidad generada por la crisis del Covid19 y para ello, antes de nada, deberían afrontar y las tres eternas asignaturas que la Administración tiene pendientes y que conseguirían, sin duda, mejorar el mapa de la morosidad y los plazos de pago.

Estas asignaturas pendientes de la Administración para mejorar el problema de la morosidad serían las siguientes:

 

I- UN NUEVO PLAN DE PAGO A PROVEEDORES QUE PERMITA QUE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS SE PONGAN AL DÍA EN SUS RETRASOS DE PAGO.

Como hemos dicho, y como podemos comprobar a diario en la prensa, en los estudios de plazos medios de pago entre proveedores y como sufren muchas empresas en sus carnes a diario, se ha incrementado notablemente el nivel de retrasos de pago por parte de las distintas Administraciones Públicas.

Al ser la Administración Pública la cabeza de muchas de las cadenas de pago en operaciones comerciales, estos retrasos de pago por su parte generan que, a su vez, los acreedores que los sufren no puedan pagar en plazo a sus proveedores, y así sucesivamente.

Ello unido al hecho de que ha de ser la Administración la que predique con el ejemplo y la que haga los esfuerzos necesarios para apoyar a las empresas en esta situación de crisis económica hace necesario que sean las Administraciones Públicas las que cuanto antes se pongan al día de sus retrasos de pago acumulados hasta la fecha, si fuese preciso mediante un nuevo plan de pago a proveedores como los que hubo hace unos años, y que la propia Administración sea la que a partir de ese momento se preocupe de no acumular nuevos retrasos y pagar escrupulosamente dentro del plazo legalmente establecido.

II- CAMBIAR EL CRITERIO DE RECAUDACION DEL I.V.A., DE FORMA QUE NO HAYA QUE PAGAR EL I.V.A CUANDO SE EMITA LA FACTURA SINO EN EL MOMENTO EN QUE EL SUJETO PASIVO COBRE LA FACTURA EMITIDA.

Esta es otra de las eternas asignaturas pendientes de la Administración en la materia.

Actualmente, como sabemos, nada más emitir la factura debemos ingresar a Hacienda el 21% de su importe, aunque tardemos meses en cobrarla o aunque no lleguemos a cobrarla nunca.

Es decir, el empresario o autónomo que emite una factura se ve obligado a prestarle o adelantarle dinero a Hacienda, a pagar el importe del I.V.A. de su bolsillo y esperar a que la factura sea pagada para recuperarlo, lo que merma notablemente su tesorería.

En momentos de grave crisis como la que estamos viviendo, el aumento de los retrasos de pago y de los propios impagos definitivos hace que el empresario se vea obligado a desembolsar todos los gastos necesarios para seguir con su actividad y, además de ello, ver como no entran ingresos suficientes por el retraso o incumplimiento de los pagadores, mermando su liquidez. Pues bien, gracias a la Administración,  además de todo ello,  el empresario se ve obligado a prestarle o adelantarle dinero al fisco pagando el I.V.A. antes de cobrarlo. Esto hace que muchas empresas que podrían seguir trabajando normalmente porque tienen demanda de sus productos o servicios tengan que cerrar por falta de liquidez.

Por ello, una de las primeras medidas que se deberían adoptar sería establecer que el pago del I.V.A. se produzca una vez que el sujeto pasivo reciba el cobro del importe de la factura, incluido la parte del impuesto, evitando así que vea mermada su tesorería como consecuencia de tener que adelantar o financiar el importe del I.V.A.  a la Administración, criterio que resulta disparatado a todas luces.

III- APROBACION DE UN REGLAMENTO SANCIONADOR QUE PENALICE LOS INCUMPLIMIENTOS DE LA LEY DE MOROSIDAD Y PLAZOS DE PAGO EN OPERACIONES COMERCIALES.

Desde que mediante la Ley 15/2010 de Medidas de Lucha contra la Morosidad se establecieron legalmente y de forma imperativa unos plazos máximos de pago que han de respetarse en las operaciones comerciales no se ha conseguido que en España se cumplan los plazos máximos establecidos.

Es cierto que en los 10 años de vigencia del citado texto legal y a través de algunas medidas que se han ido implementando paulatinamente ( obligación de publicar en las cuentas anuales y en la web de la empresa los períodos medios de pago, posibilidad de no acceder a contratación pública para aquellas empresas que no cumplan los plazos legales, etc…) se ha conseguido reducir notablemente el período medio de pago en las operaciones comerciales.

No obstante, la reducción que se ha conseguido aún dista mucho de que se cumplan los plazos de pago previstos por la Ley, y este problema se agravará sin duda en una situación de crisis como la que nos espera.

El principal motivo de que no se cumplan escrupulosamente los plazos de pago impuestos obligatoriamente por la Ley 15/2010 es que no existen sanciones o consecuencias legales que castiguen el incumplimiento de los plazos legales de pago, por lo que se paga con morosidad, más tarde de lo legalmente autorizado y ello sin que exista castigo o sanción por esta vulneración de la Ley.

Para hacer posible que la regla general sea el pago dentro del plazo legalmente previsto, evitando retrasos y morosidad, es necesaria la aprobación de un Reglamento Sancionador que castigue el incumplimiento de los plazos de pago legalmente impuestos.

Hasta la fecha ha habido hasta 4 proyectos de o proposiciones de Ley para aprobar dicho reglamento. Aunque ninguno ha sido definitivamente aprobado lo cierto es que al menos han servido para que en las discusiones parlamentarias se fuesen negociando y limando los distintos extremos y aspectos importantes que han de integrar el reglamento sancionador.

Actualmente, en septiembre de 2019, se ha presentado un nuevo texto de proposición de Ley para su aprobación ante las Cortes que sería fácilmente viable, pues contiene todos los puntos de consenso alcanzados por todos los grupos parlamentarios en el anterior borrador que estuvo a punto de aprobarse pero que no se votó por la repentina moción de censura y nuevas elecciones.

Sin duda, sería importante acelerar y culminar la tramitación de este Reglamento Sancionador de la Ley de Morosidad y plazos de pago para moderar y reprimir el problema de la desmesurada morosidad que se nos viene encima.

 

Imagen: Raten-Kauf / Pixabay


 

Gonzalo Quiroga Sardi

Gonzalo Quiroga Sardi

Gonzalo Quiroga Sardi es abogado y Socio Director de QUIROGA & ASOCIADOS ABOGADOS.
Está especializado en la reclamación judicial de deuda, sea por vía civil, ante la Jurisdicción Mercantil (especialmente en la derivación de responsabilidad a los Administradores Societarios) o por vía penal económica.
Es Presidente de la Comisión de Morosidad de ASSET (Asociación Española de Tesoreros y Financieros de Empresa), miembro del Foro Ecofin Recobros y colaborador de la Cátedra de Cash Management del Instituto de Empresa así como profesor y ponente colaborador en distintos cursos y jornadas que sobre la materia del riesgo de crédito y recuperación de impagados promueven, entre otros, ISTPB, MARCUS EVANS, GLOBAL ESTRATEGIAS DEMOS GROUP, IIR SPAIN, ISDE y BE COMPETITIVE.

 

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